Dudas y sospechas ambientales sobre la obra del Parque Acueducto Vulpiani

            Luego de dos semanas de iniciado el conflicto ambiental que ha movilizado a la comunidad de Juana Koslay en apoyo al oportuno, responsable y valiente acampe de ciudadanxs ambientalistas, parece conveniente alentar a las autoridades para que reflexionen sobre sus acciones y responsabilidades ambientales, en el marco de la Ley Yolanda y del Acuerdo de Escazú.

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En ese sentido es necesario recordar que la Secretaría de Ambiente de San Luis denegó la convocatoria a una Audiencia Pública < https://bit.ly/44v3iAh > que frustró el proceso de información y de educación ambiental contribuyendo a consolidar y amplificar las dudas sobre la pertinencia, motivos y finalidades del proyecto.

De ese modo han quedado sin responder dudas y observaciones realizadas por algunxs vecinos de Juana Koslay de manera verbal y a través de los pedidos formales para la convocatoria de la Audiencia Pública. Consecuentemente, continúa siendo necesario que las autoridades gubernamentales tomen conciencia de que EL PROYECTO NO TIENE LICENCIA SOCIAL y que más temprano que tarde deberán evacuar las sospechas e interrogantes que se han generado, algunos de los cuales se destacan a continuación:

1) El Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) fue presentado el 4 de mayo de 2023 para su evaluación por parte de las autoridades ambientales quienes el 30 de mayo lo aprobaron con observaciones. En este contexto, cabe preguntarse ¿Cómo se explica que el 12 de abril el gobernador y el intendente de Juana Koslay hayan anunciado el inicio de la construcción del Parque Acueducto Vulpiani < https://bit.ly/46TphCx >  cuando aún no se había presentado ni evaluado el EsIA?

2) En el pliego para la licitación Pública pu    blicada el 06/10/2022, para la obra “Parque Acueducto Vulpiani” se describe un propósito contradictorio y/o engañoso que debe ser clarificado. En efecto, por un lado expresa que se propone el “mantenimiento de su patrimonio e infraestructura existente” y a renglón seguido se manifiesta que se trata de “una nueva propuesta de espacio público para la creación de un parque urbano, con la infraestructura…”, que incluye obras civiles que modifican notablemente el patrimonio que se proponía preservar.

          3)  No queda claro si el actual proyecto del Parque Vulpiani está ocultando un futuro loteo residencial o no. Esta pregunta obedece a que algunas especificaciones técnicas del pliego permiten interpretar que existe un proyecto residencial encubierto que nada tiene que ver con la imagen que se ha pretendido instalar de preservar el patrimonio natural existente. Ello puede constatarse en la pag 112 del pliego en donde se alude a una red domiciliaria de agua potable y en la pag 116 se refiere a las medidas de seguridad en domicilios particulares que circunstancialmente estén afectados por obras de zanjeo. Además es llamativo que las obras de agua potable y cloacas se extienda a lo largo del boulevard proyectado tal como se puede observar en la Fig 6.84, obrante en el Archivo EsIA N° 16 pag. 304 y305  que permite sospechar futuras “conexiones domiciliarias a red cloacal” ( Archivo EsIA N°18  p. 339) 

     4) En la memoria descriptiva se da a entender que la urbanización sólo consiste en el trazado de una calle central rodeada con Fibra Óptica (FO) gas y agua potable, pero nada dice que se prevea la delimitación de manzanas con fines residenciales. Sin embargo, en diferentes ítemes del proyecto se proyectan instalaciones residenciales como se mencionará a continuación.

     5) En relación con la instalación de Fibra Óptica (FO) se prevé un tendido subterráneo para dar conectividad comercios, oficinas, nexos troncales, wifi público y gratuito y servicio de vigilancia  (Archivo EsIA N° 15 - p.281) y al mismo tiempo se proyecta la  instalación de  derivadores (Splitter) lo cual hace suponer futuras conexiones residenciales.

 6) Las sospechas de un evential loteo residencial  se acrecientan al leer que se ha previsto el tendido troncal subterráneo de la fibra óptica FTTH (fiber to the home) por la   calle central (boulevard) de este a oeste, incluyendo las cámaras para su vinculación con la red de vinculación (Archivo 15- p.285).  Lo cual sugiere que la FTTH será usada para conexiones residenciales. Asimismo en el plano de la Fig. 6.74 se indica que el tendido troncal (verde) y los subtroncales (amarillo)  deben “disponer del doble o triple  de disponibilidad de hilos de FO para posibilitar el escalamiento  en la red que será operada por la autopista de la información “que se encargará de realizar las interconexiones del primer nivel de “splitteo” o derivación.  (Archivo EsIA N° 15- p.286).  Dicho escalamiento sugiere que en una primera instancia este proyecto prevé la infraestructura básica y luego, una vez ocupado el territorio, se cambie de escala ampliando la red de FO hacia las residencias.

      7) Nuevamente se confirman las sospechas en la descripción del título ”FTTw WIFI” donde se proyecta la instalación de 6 antenas WI-FI señalando que la ubicación de las mismas “deberá brindar la mayor cobertura de servicio para el acceso wifi residencial y de dispositivos finales en espacios públicos. Se acordarán los puntos finales con Autopista de la Información.” La distribución de dichas antenas está representada en la Fig. 6.77 del proyecto. (Archivo EsIA N° 15 p. 289-290). 

       8) Se reiteran las dudas en el apartado que describe la infraestructura de internet (Archivo EsIA N° 15- p.289) se prevé que el tendido del troncal con 48 pelos y en el subtroncal con 24 pelos, lo que implica una cantidad equivalente de usuarios a ser conectados. En el primer nivel de distribución de splitteo (derivaciones) se sugiere la colocación de una cámara “en los vértices de la cuadricula de la urbanización cada 2 manzanas con una FO (Fibra Optica) de 12 pelos recorriendo la circunferencia de cada una de ellas” 

 En síntesis, lo expuesto anteriormente y ante la aparente ausencia de una encuesta socio ambiental previa al diseño del proyecto, es imposible conocer los deseos y necesidades de la comunidad de Juana Koslay y, por lo tanto, permite dudar de la pertinencia y oportunidad para realizar la megaobra proyectada con una inversión de mil ochocientos millones de pesos de dineros públicos. 

En dicho contexto es posible interpretar que dicha obra podría constituir una “gentrificación”, es decir el desarrollo de un proceso de renovación y reconstrucción urbana acompañado de un flujo de personas de clase media o alta que suele desplazar a los habitantes más pobres de las áreas de intervención.

Además, conforme a lo expresado en documentación oficial, el proyecto provocará la pérdida de identidad permanente del paisaje natural debido a que los edificios tendrán un impacto negativo moderado a alto, a lo cual debe añadirse que el boulevard central y sus ramificaciones todas iluminadas, introducirán una fragmentación del bosque de algarrobos, tipas y moras destruyendo la integridad del bosque nativo. 

Finalmente, sobre la base de todo lo expuesto, sería deseable que el gobierno de San Luis ponga freno inmediato al avance de las obras para tomarse un tiempo y reflexionar sobre el presente conflicto tomando como referencia la ley Yolanda y las medidas precautorias establecidas en las normativas ambientales. Al mismo tiempo, es deseable que sean capaces de reformular el proyecto del Parque Vulpiani convocando a la participación ciudadana informada para transformarlo en una reserva natural municipal en sintonía con los proyectos que en mayo de este año fueron presentados en la Municipalidad de Juana Koslay. 

 

Héctor Luis Lacreu

20-07-2023  


 

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*Imagen de encabezado | Construcción de un paisaje artificial: huellas de las topadoras en las enormes parvas de la sal extraída de la Salina del Bebedero en San Luis, Argentina.