Día de la Minería - Paradojas de la minería insustentable

           El 7 de mayo de 1813 aún no existía la República Argentina como tal, sin embargo, el gobierno de las “Provincias Unidas” promulgó la primera Ley de Fomento Minero, que establecía normas para la exploración y explotación de los recursos minerales del territorio. Su finalidad fue la de promover el desarrollo de la minería como base para la soberanía económica y la organización de la economía del nuevo Estado independiente en gestación.

De Re metallica - 1556
Desde entonces, cada año “se festeja” el Dia de la Minería. Actualmente tiene un sentido nostálgico porque salvo reducidos enclaves mineros, la megaminería extractiva ha dejado de ser “la base de la soberanía económica” para transformarse en negocios manejados por políticas transnacionales.

En estas condiciones el Dia de la Minería presenta algunas paradojas.

Por un lado, se realiza un merecido reconocimiento a los trabajadores mineros y paradójicamente se conmemora el incumplimiento del objetivo de alcanzar la soberanía económica promovida por la Asamblea del año XIII.

Otra de las paradojas que se percibe surge del empeño en presentar a la minería como industria sustentable cuando no lo es debido a que se trata de una actividad extractiva que provoca cambios irreversibles en la disponibilidad de los bienes naturales en los paisajes y en los ecosistemas. Estas características operativas, impiden que de manera simultánea se garantice los tres principios de la sostenibilidad: 1) el crecimiento económico, 2) el equilibrio ecológico y 3) la equidad social. 

No obstante, debemos reconocer que la minería resulta imprescindible para el desarrollo humano y por ello sostenemos que se trata de una actividad que debe y puede ser desarrollada de manera responsable, aunque desde el punto de vista ambiental sea insustentable. En todo caso, se trata de debatir y asumir los riesgos derivados, como sucede con la construcción de embalses, caminos de montaña o el desarrollo de megalópolis. 

Estas paradojas, junto con la ambigüedad semántica de “la sostenibilidad” y la existencia de accidentes contaminantes, minimizados bajo el enunciado de “daños colaterales”, han conducido a una merecida estigmatización de la “megaminería contaminante” y provocado la movilización de diversas organizaciones ciudadanas luchan para evitar los daños ambientales.    


Explotación de Litio en la Puna Argentina

Dicha estigmatización se ha extrapolado injustamente a todo tipo de minería sea contaminante o no, y de modo indirecto a los empleados sean estos profesionales, administrativos u obreros mineros, cuando en su mayoría son víctimas y no cómplices de los accidentes.    

Con la presente nota se intenta contribuir a la reflexión sobre la impertinencia de exigir que la minería sea ambientalmente sustentable según la definición clásica de sustentabilidad. No obstante, se debe exigir responsabilidad para el desarrollo de una actividad cuya permanencia y continuidad no se puede garantizar porque la explotación está condicionada por los precios internacionales, a la competencia empresarial, a los cambios políticos y por la denominada “vida útil”, es decir por la cantidad de años durante los cuales se extraerán las reservas que circunstancialmente sean rentables. En síntesis, estos condicionantes se refieren a la rentabilidad y no a la sostenibilidad.      

Algunas condiciones para una minería responsable, entre otras, podrían ser las siguientes:  

·         Todo proyecto minero, además del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) debe realizar previamente una Audiencia Pública Informada y Vinculante.

·         Hacer transparente el cálculo de las reservas extraídas de la mina mediante la medición automatizada de volúmenes de roca y porcentaje de metales, verificados mediante auditorías externas y cruces de información. Esta es una manera de reemplazar el vulnerable sistema actual de las “declaraciones juradas” que provoca desconfianza tanto en los volúmenes como en la variedad y porcentaje de cada uno de los minerales realmente extraídos.      

·         Realizar los cálculos de reservas y diseños operativos de manera de extender la vida útil de un yacimiento al máximo posible.

·         Mantener y mejorar las actuales disposiciones de seguridad e higiene para los trabajadores vinculados a la extracción.

·         Establecer una contratación informada de personal. Se debe advertir el tiempo de la vida útil prevista y sus posibles variantes.

·         Otorgar bonos, créditos blandos u otro complemento para que los trabajadores mineros puedan adquirir y/o construir su vivienda en un sitio que le ofrezca posibilidades reales de empleabilidad cuando la mina cierre.

 

Hector L. Lacreu

7 de mayo 2026

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*Imagen de encabezado | Construcción de un paisaje artificial: huellas de las topadoras en las enormes parvas de la sal extraída de la Salina del Bebedero en San Luis, Argentina.